10 cosas que tienes que saber de la iniciativa de Monreal para regular las redes sociales

Para cancelar definitivamente una cuenta o un perfil, las empresas de redes sociales deberán de tener un área específica que cuente con personas físicas especialistas en derechos humanos y libertad de expresión.

elfinanciero.com.mx

El senador Ricardo Monreal dio a conocer este lunes su iniciativa para regular las redes sociales en México, bajo el argumento de que de esta manera se va a proteger la libertad de expresión en los espacios virtuales.

Esta propuesta legislativa surgió luego de que el presidente Andrés Manuel López Obrador criticó la decisión de Twitter de cerrar la cuenta del expresidente Donald Trump en el contexto del asalto violento al Capitolio estadounidense.

Aquí te decimos los puntos más relevantes que tienes que conocer de la iniciativa del líder de la bancada de Morena en el Senado.

  1. La iniciativa regulará únicamente a las redes sociales relevantes, que son aquellas que tienen más de un millón de usuarios o suscriptores.
  2. Para operar en México, las redes sociales relevantes, como Facebook, Twitter, TikTok e Instagram, deberán tener permiso del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT).
  3. El IFT será la instancia que fungirá como árbitro entre la empresa y el usuario en el caso de la cancelación de una cuenta.
  4. Las redes sociales, en caso de que haya un incumplimiento de sus términos y servicios, los cuales deberán ser aprobados por el IFT, podrán suspender temporalmente cuentas y eliminar contenido, para lo cual se podrán utilizar algoritmos o tecnologías automatizadas.
  5. Para cancelar definitivamente una cuenta o un perfil, las empresas de redes sociales deberán de tener un área específica que cuente con personas físicas especialistas en derechos humanos y libertad de expresión, quienes deberán emitir la resolución correspondiente. En estos casos, queda prohibido el uso de algoritmos o tecnologías automatizadas.
  6. Una cuenta sólo podrá ser cancelada definitivamente si se utilizó para difundir mensajes de odio, noticias falsas, mensajes que provocaron algún delito o perturbación del orden público; o se usó para afectar los derechos de las y los menores de edad.
  7. Los usuarios a los que se les cancele definitivamente su red social podrán impugnar dicha decisión en un plazo no mayor a 24 horas.
  8. Las empresas de redes sociales deberán de crear una estructura interna que resuelva dichas impugnaciones en un plazo no mayor a 24 horas.
  9. En caso de que no se resuelva favorablemente la impugnación del usuario, se podrá presentar una queja ante el IFT.
  10. Si se llega a acreditar que hubo vulneración a la libertad de expresión en redes sociales, las sanciones podrán ser de 1 hasta un millón de Unidades de Medida y Actualización vigentes en la Ciudad de México, lo cual equivale a 89 millones 620 mil pesos, de acuerdo al valor vigente en 2021.
                                                         
Compartir