Cannabis apunta a jurisprudencia; el miércoles deciden dos amparos

*Los proyectos de los ministros Arturo Zaldívar y Norma Piña prevén amparo, en dos casos, para uso lúdico de mariguana…

excelsior.com.mx

CIUDAD DE MÉXICO.

El próximo miércoles se perfila como un día de definiciones para el tema del consumo recreativo de mariguana en México pues en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se completarán los cinco amparos que se necesitan para generar jurisprudencia obligatoria a nivel nacional sobre el tema.

3 sentencias se han dictado en favor del uso lúdico de la mariguana

Los cinco integrantes de la Primera Sala del máximo tribunal discutirán dos proyectos de sentencia, uno de la ministra Norma Piña y otro de Arturo Zaldívar, en los que se aborda la inconstitucionalidad de las normas que establecen la prohibición para que la Secretaría de Salud autorice el autoconsumo con fines lúdicos o recreativos de cannabis.

La propuesta de la ministra Piña Hernández expone que al consumir cannabis de forma recreativa, los quejosos no incurrirán en los delitos contra la salud previstos tanto por la propia Ley General de Salud como por el Código Penal Federal.

La declaratoria de inconstitucionalidad anterior no supone en ningún caso autorización para realizar actos de comercio, suministro o cualquier otro que se refiera a la enajenación y/o distribución de las sustancias antes aludidas, en el entendido de que respecto de estos actos no existió solicitud y el ejercicio del derecho al libre desarrollo de la personalidad no debe perjudicar a terceros”, se explica en la propuesta.

El proyecto que posteriormente presentará el ministro Zaldívar va en el mismo sentido, tal y como él mismo lo propuso tres años atrás.

LA RUTA

Fue hace casi tres años, el 4 de noviembre de 2015, cuando la Primera Sala de la SCJN determinó, a propuesta de Arturo Zaldívar, que debe otorgarse autorización a cuatro personas para el consumo personal de mariguana, sin que ello constituya una autorización para su comercialización, ni para el consumo de otros estupefacientes y sicotrópicos.

En el caso diversas personas solicitaron autorización a la Cofepris para consumir cannabis de forma regular y personal, así como sembrar, cultivar, cosechar, preparar, poseer y transportar la yerba.

El 11 de abril de este año, la Primera Sala, al resolver el amparo del abogado Ulrich Richter, reiteró que son inconstitucionales los artículos 235, último párrafo, 237, 245, fracción I, 247, último párrafo, y 248 de la Ley General de Salud, en las porciones normativas que establecen la prohibición para consumir mariguana.

Dos meses después, la Corte resolvió el amparo presentado por el exsenador, Armando Ríos Piter, quien además solicitó autorización para adquirir la semilla de cannabis. Al respecto, los ministros señalaron que la prohibición de adquisición de la semilla también viola el libre desarrollo de la personalidad.

En esa ocasión, a propuesta del ministro José Ramón Cossío Díaz, la SCJN concedió el amparo para que el director ejecutivo de regulación de la Cofepris, otorgue Ríos Piter la autorización sanitaria para realizar las actividades relacionadas con el autoconsumo con fines lúdicos o recreativos, y se estableció que corresponderá a dicha Comisión determinar los lineamientos y modalidades de la adquisición de la semilla.

En otro asunto, que no se suma a los tres anteriores, el 4 de julio pasado, la Segunda Sala de la SCJN amparó a tres particulares para que puedan importar semillas de mariguana, o adquirirlas de sujetos previamente autorizados.

LARGO CAMINO EN SCJN

La Suprema Corte ha analizado el caso de la mariguana lúdica, luego de que en tribunales se les había negado a quejosos la medida.

4/11/2015 La Corte determinó que a 4 personas se otorgara autorización para el consumo personal de mariguana, pero no para comercializarla ni consumir otros estupefacientes y sicotrópicos.
11/04/2018 La Suprema Corte de Justicia de la Nación reiteró que es inconstitucional la parte de la Ley General de Salud que prohíbe el consumo de la mariguana.
13/06/2018 El exsenador Armando Ríos Piter obtiene un amparo, en el que además solicitó autorización para comprar semilla de cannabis.
31/10/2018 La Suprema Corte discutirá dos nuevos amparos sobre el uso lúdico de la mariguana; si es a favor, entonces se crearía jurisprudencia y será más fácil obtener un amparo.

JURISPRUDENCIA

Una vez que sean votados los proyectos, ambos ministros deberán realizar el engrose o sentencia, la cual se publicará en las próximas semanas.

Posteriormente, al haberse completado los cinco amparos sobre el tema, la tesis jurisprudencial, obligatoria para todos los juzgadores del país, deberá ser publicada en el Semanario Judicial de la Federación.

Una vez publicada la jurisprudencia, cualquier persona puede acudir ante algún juzgado federal en materia administrativa a tramitar una demanda y el amparo debe concedérsele.

También se hace un llamado al Congreso de la Unión argumentando que ya hay jurisprudencia sobre una ley considerada por la Corte como inconstitucional para modificarla.

El siguiente paso sería la declaratoria de inconstitucionalidad, la cual permite invalidar con efectos generales una norma cuya inconstitucionalidad hubiere sido sostenida por el Pleno o alguna de las Salas de la Corte al formarse jurisprudencia por reiteración, es decir, cinco sentencias.

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