IFT amplía periodo de suspensión de labores hasta el 30 de abril por coronavirus

Anteriormente, el órgano regulador de las telecomunicaciones había informado que suspendería labores en sus instalaciones hasta el 17 de abril.
elfinanciero.com.mx

El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) acordó este jueves ampliar la suspensión de labores al 30 de abril de 2020, con motivo de la implementación de medidas para contener la propagación del coronavirus en México.

Cabe recordar que en días pasados el órgano regulador de las telecomunicaciones había informado que suspendería labores en sus instalaciones hasta el 17 de abril.

“La suspensión de labores en el Instituto se toma en concordancia con el acuerdo por el que se declara como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2, publicado por la Secretaría de Salud, el cual ordena la suspensión inmediata, del 30 de marzo al 30 de abril de 2020, de las actividades no esenciales, para disminuir la carga de enfermedad”, dijo el IFT en un comunicado.

Ante esto, detalló que en el periodo de suspensión de labores, el Pleno podrá realizar sesiones ordinarias y extraordinarias en cualquier momento con el objetivo de resolver asuntos que requieran atención.

Además se llevarán a cabo, por parte de la Unidad de Política Regulatoria, actividades relacionadas con la aprobación de las ofertas de referencia de servicios mayoristas de telecomunicaciones, capacidades, funciones e infraestructura que presten las redes compartidas mayoristas en términos de sus títulos de concesión y demás disposiciones aplicables.

Además, por parte de la Unidad de Concesiones y Servicios, se realizarán acciones relativas a las solicitudes que hagan los concesionarios que prestan dichos servicios mayoristas de telecomunicaciones para la inscripción ante el Registro Público de Concesiones de todas aquellas modificaciones a las tarifas o promociones derivadas de sus ofertas de referencia, las cuales se podrán realizar a través del envío correo electrónico: oficialiadepartes@ift.org.mx

Asimismo, respecto de las actuaciones que se efectúan a través de la Ventanilla Electrónica del Instituto, aún se recibirán conforme lo disponen los numerales Décimo Primero y Décimo Segundo de los “Lineamientos para la sustanciación de los trámites y servicios que se realicen ante el Instituto Federal de Telecomunicaciones, a través de la Ventanilla Electrónica”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de noviembre de 2019.

El cómputo de los plazos para la atención del trámite respectivo o, en su caso, para atender requerimientos realizados con anterioridad a la entrada en vigor del presente acuerdo, comenzará o se reanudará, según corresponda, el primer día hábil siguiente; es decir, el lunes 4 de mayo de 2020.

Share
Bitnami