El Instituto Mexicano de Contadores Públicos advirtió que quienes hayan deducido comprobantes de estas empresas tienen un plazo de 30 días para regularizarse o perderán su sello digital.
El Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) emitió una recomendación general a los contribuyentes para dar seguimiento puntual a las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF), en virtud de que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer los primeros listados formales de personas físicas y morales que no desvirtuaron la presunción de emitir Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) que amparan operaciones inexistentes.
La representación del gremio contable detalló que aquellos contribuyentes que hubieran contabilizado o recibido facturas de las entidades incluidas en las relaciones oficiales contarán con un periodo de 30 días naturales para corregir sus efectos fiscales mediante la presentación de declaraciones complementarias. De omitir esta regularización dentro del margen estipulado, la autoridad tributaria procederá con la restricción temporal de los Certificados de Sello Digital (CSD), mecanismo indispensable para la facturación mercantil.
Paralelamente, los especialistas en materia fiscal indicaron que esta fiscalización es independiente al padrón de cancelación definitiva de sellos, el cual acumula a más de 58 mil contribuyentes sancionados al primer semestre del año. Ante este panorama, el organismo exhortó a las empresas a revisar exhaustivamente a sus proveedores a fin de evitar la inhabilitación de sus operaciones comerciales.
Fuente: Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) / SAT | © Redacción NoticiasPV Nayarit









