Las personas que vivimos en México merecemos una explicación sobre una decisión tan trascendental, sobre todo cuando el Ejecutivo rinde, a diario, cuentas de sus acciones
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Nos tuvimos que enterar por un decreto, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de mayo de 2020, que las Fuerzas Armadas del país se sumarían a la Guardia Nacional en las tareas de seguridad pública. No hubo anuncio previo de parte del Ejecutivo en ninguna de sus conferencias matutinas. La noticia simplemente se dejó correr de manera subrepticia.
Las personas que vivimos en México merecemos una explicación sobre una decisión tan trascendental, sobre todo cuando el Ejecutivo rinde, a diario, cuentas de sus acciones.
Aún resuenan en la memoria las palabras de Andrés Manuel López Obrador, quien, en sus tiempos de candidato a la presidencia de México, criticaba acremente la política de intervención del ejército en tareas de seguridad pública, iniciada en el sexenio calderonista: “Vamos a enfrentar el problema de la inseguridad y de la violencia atendiendo las causas, esa es la forma más humana, más eficaz…no vamos a apagar el fuego con el fuego”, porque, decía, “no ha dado resultado”.
Sin embargo, la intención de esas declaraciones se desvaneció cuando López Obrador, ya como presidente electo, anunció, el 14 de noviembre de 2018, la creación de la Guardia Nacional, para hacerse cargo de las labores de seguridad pública y en cuya integración participarían, ni más ni menos, las Fuerzas Armadas.
Amnistía Internacional México participó desde un inicio en las sesiones de Parlamento abierto que condujeron a la creación de la Ley de la Guardia Nacional y en todo momento dejó en claro, junto con un amplio espectro de Organizaciones de la Sociedad Civil (OSCs), que el ejército no podría formar parte del nuevo cuerpo de seguridad. Hecho que entraría en abierta contradicción con el Derecho Internacional de los Derechos Humanos.
Al respecto, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) ha establecido que los Estados partes de la Convención Americana sobre Derechos Humanos −como México−, pueden desplegar a las Fuerzas Armadas para cuestiones que no sean un conflicto bélico, por ejemplo, para enfrentar problemas excepcionales de criminalidad o de violencia interna. La Corte ha especificado que, en esos casos, los Estados deben “limitar al máximo el uso de las Fuerzas Armadas”.
El decreto del 11 de mayo de 2020 establece que los elementos del Ejército y la Marina que se incorporen a la Guardia Nacional, lo harán “sin que dicha participación exceda de cinco años”, decisión que a todas luces contraviene en exceso el señalamiento de la CoIDH.
Amnistía Internacional México ha advertido que la naturaleza civil de la GN se diluyó desde el momento mismo de su nacimiento, cuando el Ejecutivo decidió nombrar a un general en retiro para dirigirla. De esa forma, rompió el acuerdo legislativo que resultó del ejercicio de Parlamento abierto, que contó con la pluralidad de voces de las OSCs y de organismos internacionales.
Pero esa no fue la única decisión que llevó a la militarización de la GN. En la Ley de la Guardia Nacional, por ejemplo, se estableció que los elementos de la policía militar y naval que formarían parte de ella debían causar baja de las fuerzas armadas, para sumarse como civiles a ese cuerpo de seguridad. Sin embargo, ello no ocurrió. Más aún, los sueldos de dichos elementos son subvencionados por las dependencias a las que pertenecen.
Pero aún hay más mar de fondo. La Ley de la Guardia Nacional la faculta para investigar los delitos, así como para interceptar comunicaciones privadas e incluso para el control migratorio. Al respecto, la CoIDH ha sido muy clara en el sentido de que las Fuerzas Armadas no deben asumir la investigación de delitos, que son de índole netamente policial.
De hecho, con el fin de coadyuvar a la consolidación del marco jurídico que rige la Guardia Nacional, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) promovió en 2019, ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), cuatro acciones de inconstitucionalidad respecto de las leyes de la Guardia Nacional; sobre el Uso de la Fuerza; del Registro de Detenciones, y del Sistema Nacional de Seguridad Pública. A la fecha todas están pendientes de resolución.
En este sentido, Amnistía Internacional advirtió en su momento que la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza, no se apega a los Principios Básicos sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por los Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley, emitidos por la Organización de las Naciones Unidas.
Para Amnistía Internacional la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza no incluye de manera adecuada los principios de legalidad, necesidad, proporcionalidad y rendición de cuentas, establecidos en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos.
La advertencia del pasado sigue vigente
No es la primera vez que Amnistía Internacional México ha advertido sobre los riesgos de involucrar a las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública. Lo hicimos en 2014, en una reunión que sostuvo nuestro entonces Secretario General, Salil Shetty, con el presidente Enrique Peña Nieto.
En el encuentro se advirtió sobre el impacto que tenía el rol de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública. Esta decisión es contraria al Derecho Internacional de los Derechos Humanos, de acuerdo con el cual el mantenimiento del orden público interno y la seguridad ciudadana deben estar primariamente reservados a los cuerpos policiales.
Además, antes y después de que fuera aprobada la Ley de Seguridad Interior, en diciembre de 2017, reiteramos nuestra advertencia sobre el riesgo de involucrar a las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública pues, como se ha comprobado, ello conduciría a graves violaciones de derechos humanos como ejecuciones extrajudiciales, tortura y desaparición forzada.
Hay que señalar además que en el decreto del 11 de mayo de 2020 no se distingue cuáles serán los organismos que supervisarán la incorporación de las Fuerzas Armadas a la GN; ni qué mecanismos se utilizarán para dicha supervisión y tampoco se precisa si serán autoridades civiles las que la llevarán a cabo.
Con dicho decreto el Ejecutivo y el Congreso mexicanos van a contrapelo del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y de las voces de las Organizaciones de la Sociedad Civil, de las y los académicos, y las personas expertas, que han hecho propuestas para evitar la militarización de la seguridad pública.
Continuar en esa línea nos puede conducir a un grave debilitamiento del sistema de protección de los derechos humanos, con graves consecuencias para todas las personas que vivimos en México.