Este año, algunas personas pagarán menos impuestos al recorrerse las tarifas de ISR. No se trata de una gran ganancia, sobre todo si se considera que la inflación acumulada.
Debido a la actualización de las tarifas del pago de ISR para las personas físicas, que estarán vigentes en 2023, —la inflación acumulada ya superó el 10 por ciento desde la última publicación de las tablas— un grupo importante de contribuyentes podrá beneficiarse de un menor pago de impuestos.
Por ejemplo, una persona que en 2022 ganaba 13 mil 381.4 pesos al mes, deberá pagar en este año que termina una tasa de ISR de 21.36 por ciento, lo que le arroja un monto de impuesto de 2 mil 858.3 pesos, pero al caer de renglón por la actualización de las tarifas, si su salario no aumenta en 2023, en su declaración anual de impuestos tendrá un ISR de 17.92 por ciento, por lo que pagará 2 mil 665.4 pesos de impuestos, lo que equivale a un monto menor en 192.4 pesos respecto de un año antes.
En tanto, una persona con un sueldo mensual de 15 mil 487.6 pesos pagará en su declaración anual pagará en su declaración anual del presente año 3 mil 308.2 pesos de impuestos y en la declaración de 2023 enterará al fisco un ISR de 2 mil 775.3 pesos, un monto menor en 533 pesos.
Rolando Silva Briceño, vocero de la Comisión de Seguridad Social del Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM), explicó que si bien las nuevas tablas de ISR reconocen el aumento de la inflación de 10 por ciento, por lo que algunas personas pagarán menos impuestos al recorrerse las tarifas de ISR, no se trata de una gran ganancia, sobre todo si se considera que la inflación general acumulada desde el 11 de enero de 2021, cuando se actualizaron las tarifas hasta esta nueva actualización que entrará en vigor en enero de 2023, la inflación acumulada también deterioró de manera importante los salarios de los trabajadores.
“Es significa que aún cuando los trabajadores recibirían en un su quincena unos pesos de más por el menor pago de ISR con esos dinero extra comprará menos cosas en el súper mercado, por las alzas generalizadas de precios… entonces tampoco se deben lanzar las campanas al vuelo por la actualización de las tarifas”, enfatizó.
¿Qué es el ISR y cómo se cobra?
Domingo Ruíz López, presidente de la Comisión Fiscal de Coparmex Nacional, explicó que el ISR de las personas físicas es un gravamen que pagan los contribuyentes por los ingresos o las utilidades que reciben y se calcula dependiendo del tipo de ingresos que perciban.
Podemos encontrar un capítulo que define cómo se determina el ISR por salarios, otro distinto que normará el pago del impuesto por actividad empresarial o profesional y otro diferente que hablará de arrendamiento, detalló.
Otro capítulo especificará cómo se pagará el ISR por intereses pagados a las personas o por dividendos o utilidades que reciben los socios de las empresas.
Por renta de bienes inmuebles o por la venta de una propiedad calculando en cuánto estaba su valor y la ganancia que obtuvo al venderla un poco más cara.
Entonces cada apartado determinará la mecánica para calcular el ISR.
Al final de cuentas lo que buscará la Ley es que la modificación positiva del patrimonio, la utilidad que tengan las personas es lo que pague un impuesto.
“En el caso de las personas físicas hay un principio muy importante que se llama progresividad, para que el impuesto sea justo debe ser progresivo y hay dos límites: uno inferior, que debe tomar en cuenta el mínimo vital, es decir las personas primero deben asegurar sus costos de vida antes de pagar impuestos y hasta arriba está la no confiscatoriedad”, precisó.
Dijo que el impuesto debe ser progresivo pero no tan alto como para significar una confiscación del patrimonio de las personas, por eso es que se encontrarán unas tablas de ISR que hablarán de un límite inferior y uno superior de una tarifa. Esto significa que dependiendo del nivel de ingreso que tuvo una persona se considerará la tasa de ISR que pagará que puede ser desde 1.92 por ciento del ingreso hasta 35 por ciento.
El ISR es un gravamen que se causa anualmente, pero se va a determinar mensualmente. Cada mes los contribuyentes van haciendo pagos provisionales de este impuesto, hasta que en la declaración anual el contribuyente considera todos sus ingresos de todos los capítulos, para ver exactamente cuánto impuesto debe pagar. Y a ese impuesto anual se le descontarán todos los pagos mensuales que hizo y el resultado puede ser un saldo a favor o a cargo.
Los contribuyentes personas físicas cuando son asalariados se podrá considerarán para su ingreso anual los viáticos no comprobados, los vales de despensa, las prestaciones de prima vacacional, algunas partes del reparto de utilidades y de aguinaldo.
Asimismo, los empleados podrán descontar algunos gastos deducibles, como gastos de honorarios médicos u hospitalarios, seguros médicos, gastos funerarios, colegiaturas, etcétera, por eso es que a algunos empleados les queda un saldo a favor.