“Están dando otras declaraciones y no tengo nada que ver con la fuga de Chavita. No es justo señor juez que estén cambiando declaraciones, mi única culpa es que dormí a la hora que me tocaba” dijo al juez de control, Luis Gerardo N N, durante la audiencia de auto vinculación a proceso. El juez preciso que su horario era de 24 por 24 horas para garantizar la integridad de los internos, por ello le dictó auto de vinculación a proceso con 4 meses de prisión preventiva para investigación complementaria que le permita demostrar su inocencia o se le finquen responsabilidades.
Por Paty Aguilar
NoticiasPVNayarit
Podría ser exonerado Luis Gerardo N N de la comisión del delito de Desaparición Forzada de Persona en agravio del ex regidor, Salvador Macías Valdez, desaparecido de las celdas de la cárcel preventiva de Bahía de Banderas, Nayarit, en hechos ocurridos durante los días 29 y 30 de junio 2018, si durante los próximos 4 meses que se le impusieron de prisión cautelar su defensa logra obtener pruebas que determinen su inocencia y es que durante la audiencia de Auto de Vinculación a Proceso la Fiscalía con datos de prueba pudo demostrar su calidad de servidor público como apoyo de custodio de la cárcel preventiva de este municipio.
La defensa de Luis Gerardo N N, en esta etapa del proceso judicial, pretendió desvincular a su cliente de no haber participado en la comisión de este grave delito ya acreditado con el argumento de que internamente había un acuerdo de descanso entre el custodio, Jonathan Ichiro N N y Luis Gerardo de turnarse para dormir, así como de que la responsabilidad de garantizar la integridad del ahora desaparecido era de Ichiro y no de Luis Gerardo, quien su responsabilidad era solo de capturar datos de los detenidos, sin embargo, durante entrevistas previas a sus detenciones, desde el día de los hechos, ambos coincidieron en que se turnaban para dormir y ambos aceptaron que el cambio de descanso entre los dos se dio a las 2 de la mañana de ese fatídico día sábado 30 de junio 2018 cuando, Salvador Macías Valdez, desapareció de dichas celdas.
Advertido por el juez de control de que si declaraba lo que dijera podría ser utilizado en su contra, con anuencia de su defensa, Luis Gerardo, decidió declarar, por lo que dio detalles desde que Salvador Macías, fue ingresado a la cárcel preventiva, pero el policía que lo entrego, Pablo N N, no entregó informe policial homologado, solo les dijo “ahí se los encargo”. Que él solo tenía un mes trabajando en la cárcel. También mencionó que durante la tarde, ya que Salvador Macías Valdez, fue ingresado a las 3 de la tarde, se sintió enfermo, se le permitió hacer una llamada para pedir sus medicinas que su madre le llevó, que más tarde tuvo hambre y que Salvador Macías, pidió comida y del dinero de su cartera compraron tacos y este les invitó la cena, así como que tuvo visitas de dos abogados y de la visitadora de la Comisión Municipal de Derechos Humanos de Bahía de Banderas.
Y que cuando a él le tocó descansar a las 2 de la mañana entrego el turno a Ichiro, pero se durmió como a las tres de la mañana y que como a las 6 horas, Jonathan Ichiro, con su pie lo despertó ya que estaba durmiendo en una colchoneta, para decirle que Salvador Macías Valdez, se había fugado de la cárcel “no mames, Ichiro ¿que pasó?” que le contesto y que después, entre los dos le avisaron a Job N N, (subdirector operativo de Seguridad Público, ahora prófugo de la justicia) y que este los arrestó, por lo que señaló enfático al Juez de Control “Están dando otras declaraciones y no tengo nada que ver con la fuga de Chavita. No es justo señor juez que estén cambiando declaraciones, mi única culpa es que dormí a la hora que me tocaba”.
Y es que Jonathan Ichiro, detenido hace como 9 meses, apenas en el mes de marzo 2019 en audiencia, lo señaló como quien había abierto el candado y el portón para que salvador Macías, se fuera de la cárcel, lo que negó enfáticamente cuando dijo que él nada tuvo que ver con la supuesta fuga de Salvador Macías Valdez.
Aprovechó Luis Gerardo N N, para denunciar a los policías investigadores porque él fue detenido con engaños, sin orden de aprehensión, los señaló que tomaron el teléfono de su esposa del expediente para llamarle y decirle que querían verlo porque querían comprar un borrego que les ayudara y que aceptó, que les consiguió el animal, pero cuando lo tuvieron frente a ellos, estos le dijeron que tenía que ir a Tepic a declarar sobre el caso de Chavita Macías y que cuando llegaron a la Fiscalía, ahí se le dijo que se le estaba acusando de venta de drogas, lo cual negó rotundamente que se dedicara a eso y que como no quiso firmar la declaración ya preparada para tal fin, que le hicieron saber que aumentarían el supuesto numero de bolsitas de droga para que quedara detenido como así fue, pero que él nunca vio esa supuesta droga por lo que pedía se llevaran a cabo exámenes de huellas sobre esas bolsitas ya que él no había tocado nada de lo que se le acusaba.
Que también trataron de obtener información de su celular y que le pidieron la clave, pero no se las dio, entonces fue que formatearon el celular y que no entendía porque fue detenido de esa manera ya que desde un principio él colaboró con la información que tenía de manera voluntaria y que fue por ello que los acompañó sin imaginarse lo que estos policías tenían planeado hacer con él, por lo que consideró que su detención fue ilegal.
Finalmente, luego de realizar un análisis de lo dicho en la audiencia por parte de la Fiscalía, de la defensa y del propio inculpado, el Juez de Control, tras explicar con argumento fundado y motivado los argumentos legales y la declaración misma de Luis Gerardo N N, determinó que si se acreditaba el auto de vinculación a proceso derivado de los datos de prueba que le presentó la fiscalía como la lista del personal de servidores públicos que presentó el ahora ex director de Seguridad Pública, Ricardo N N, detenido y puesto en prisión preventiva desde hace como 9 meses, donde aparece el nombre de Luis Gerardo N N, y del propio imputado que de viva voz señaló que trabajaba en la cárcel preventiva, lo que permitió determinar su calidad de servidor público, requisito que exige se confirme que efectivamente era servidor público el día que se cometió dicho delito el cual establece que lo cometen “servidores públicos o particulares” por lo que en esta etapa del proceso era irrelevante el cargo que estaba fungiendo como tal dentro de la cárcel preventiva.
Posteriormente, el Juez de Control, tras preguntar a la Fiscalía cuanto tiempo requería para la medida cautelar de prisión para la investigación complementaria, esta pidió 4 meses, tiempo en el cual, dijo a la defensa y a Luis Gerardo, podrían presentar pruebas durante este lapso que demostrara si efectivamente tuvo o no responsabilidad en los hechos tras mencionarle que él tenía que cumplir un horario de custodia de 24 horas en el cual debía permanecer despierto, pero que si había un reglamento interno que le permitiera dormir, su situación legal podría cambiar en cualquier momento y recobrar así su libertad o bien con pruebas por parte de la Fiscalía acreditar su participación en la comisión del delito de Desaparición Forzada de Persona en agravio de salvador Macías Valdez, que alcanza una pena de prisión de entre 40 a 60 años de prisión.
De esta manera el Juez de Control, anunció que la fecha límite de audiencia complementaria para este fin sería hasta el 4 de septiembre 2019 cuando se cumpliría los 4 meses de prisión preventiva como parte de esta primera etapa de investigación.
Las etapas procesales en este Sistema Penal Acusatorio son las siguientes
Primera Etapa: De investigación, la cual a su vez está dividida en inicial y complementaria. Dentro de esta primera etapa se celebra la Audiencia Inicial que puede comenzar desde el control de la detención para continuar con la Formulación de Imputación y culmina con la Vinculación a proceso;
Segunda Etapa: Intermedia o de preparación a juicio, donde se resuelve sobre la admisión de pruebas; y
Tercera Etapa: La de Juicio Oral, que inicia con la audiencia de debate, donde se desahogan las pruebas y que concluye con la sentencia.
Cabe señalar que los ahora únicos 4 detenidos por la comisión de este grave delito de consumación permanente están en esta primera etapa de Investigación.