CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) llamó al fiscal general de la República, Alejandro Gertz Manero, a “no persistir en la intención de modificar el tipo penal de feminicidio”, al calificar como “un retroceso” su intención de cambiar ese delito por el de homicidio agravado.
El organismo fijó su posicionamiento al conocerse los argumentos de Gertz Manero para impulsar la modificación como parte de las reformas al sistema penal judicial, con la finalidad de “facilitar su investigación y judicialización en función de la búsqueda de una mejor defensa del derecho de las mujeres a una vida libre de violencia”.
La CNDH hizo un recuento de las razones por la que el feminicidio se incluyó en la normatividad penal, como “un avance definitivo en el reconocimiento del carácter de violencia extrema resultante de la posición de subordinación, marginalidad y riesgo en que se encuentran las mujeres en México”.
Resaltó que la tipificación responde a obligaciones internacionales contraídas por el país, el trabajo legislativo, las propuestas del movimiento feminista así como de instituciones y especialistas en el tema, que “visibiliza una situación estructural de violencia sustentada en una cultura de odio y discriminación hacia las mujeres”.
Al considerar que los cambios “invisibiliza el componente de odio contra las mujeres”, el organismo puntualizó que el proyecto de la FGR “busca perpetuar patrones culturales de subordinación, inferioridad y opresión de las mujeres”, niega el acceso a la justicia de las mujeres, ya que “cancela la exigencia de que las investigaciones penales sean exhaustivas, eficaces, serias e imparciales”.
Lo anterior, sin contar que niega la existencia de “la violencia previa, continuada y mantenida en el tiempo, no garantiza una respuesta adecuada del Estado ni la debida diligencia de sus instituciones”, omitiendo que las investigaciones sean abordadas desde la perspectiva de género.
El organismo resaltó que atender el argumento de la FGR de modificar el tipo penal para “facilitar la investigación, de resolver el ‘trabajo’ (sic) de consignar y judicializar el feminicidio, implica la violación al artículo 1º Constitución por el incumplimiento de normas, principios y estándares vinculantes en materia de prevención investigación, sanción y garantía de reparación eficaz y justa ante el feminicidio”.