Hasta 16 años de cárcel a funcionarios que filtren fotos de cuerpos femeninos

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Ante la conmoción, indignación y enojo que generó la publicación de imágenes del cuerpo de Ingrid Escamilla, víctima de feminicidio, la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México entregó al Congreso capitalino una iniciativa de reforma al Código Penal que sanciona hasta con 16 años de cárcel a funcionarios de corporaciones policiacas que graben o fotografíen y transmitan o comercialicen imágenes de un crimen que contengan cuerpos de mujeres, niñas o adolescentes.

La fiscal Ernestina Godoy Ramos, al entregar la iniciativa a la presidenta de la mesa directiva del legislativo local, Isabela Rosales Herrera, de Morena, hizo además un atento llamado a los medios de comunicación a actuar con responsabilidad y no hacer negocio con el dolor de las víctimas.

En tanto, la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México (CDHCM) instó en un pronunciamiento a aplicar una sanción inmediata a los responsables de difundir las imágenes y pidió la colaboración de la policía cibernética de la Secretaría de Seguridad Ciudadana en la investigación.

Objeto de consumo

La vida de las mujeres no puede ser un botín ni la extrema violencia hacia ellas un objeto de consumo, señaló el organismo que preside Nashieli Ramírez, y agregó que frente al documentado y reiterado patrón de filtración de imágenes y la falta de interés en desmontar los incentivos que generan el consumo de la violencia feminicida, la CDHCM reconoce la indignación generalizada y advierte sobre el peligro que representa para las mujeres la tolerancia institucional y social a tales actos de violencia.

Godoy, en entrevista luego de entregar la iniciativa al Congreso, señaló que los probables responsables (seis policías, seis peritos e integrantes del Escuadrón de Rescate y Urgencias Médicas) continúan declarando y se solicitó a un juez de control intervenir sus teléfonos de manera legal.

En cuanto a la iniciativa –primera con que la fiscalía capitalina ejerce su facultad de organismo constitucional autónomo para proponer reformas al Congreso local– añade el artículo 293 quater al apartado de delitos contra el adecuado desarrollo de la justicia cometidos por servidores públicos.

El artículo señala que al que indebidamente difunda, entregue, revele, publique, transmita, exponga, remita, distribuya, videograbe, audiograbe, fotografíe, filme, reproduzca, comercialice, oferte, intercambie o compare imágenes, audios o videos o documentos del lugar de los hechos, o del hallazgo, indicios, evidencias, objetos, instrumentos relacionados con el procedimiento penal o productos relacionados con un hecho que la ley señala como delito se le impondrá prisión de dos a ocho años y multa de 500 a mil unidades de medida y actualización, esto es, de 43 mil 440 a 86 mil 880 pesos.

La pena se incrementará hasta en una tercera parte cuando contenga imágenes de cadáveres, hasta una mitad cuando los cuerpos sean de mujeres, niñas o adolescentes y cuando el delito sea cometido por persona servidora pública integrante de alguna institución policía se incrementarán hasta en otra mitad.

                                                         
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