A partir de hoy, la Ley General de Salud prohíbe la producción, transporte y comercio de dispositivos electrónicos; infractores enfrentarán penas de prisión y multas severas.
TEPIC, NAYARIT — Desde el primer minuto de este viernes 16 de enero de 2026, México ha iniciado una nueva era regulatoria con la entrada en vigor de la «Ley Antivapeadores». Tras su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), las reformas a la Ley General de Salud prohíben de forma absoluta la producción, comercialización y suministro de cigarrillos electrónicos y dispositivos análogos en todo el territorio nacional.
Sanciones penales y económicas La reforma, impulsada por la mayoría en el Senado en diciembre pasado, no solo prohíbe la venta, sino que criminaliza toda la cadena de suministro. Según el nuevo artículo 456 del decreto, cualquier persona que participe en la fabricación, almacenamiento, transporte con fines comerciales o distribución de estos dispositivos podrá ser sentenciada a penas que van de uno a ocho años de prisión. Además, se contemplan multas que alcanzan hasta las dos mil Unidades de Medida y Actualización (UMA).
Alcance total de la prohibición El documento oficial es exhaustivo y no deja vacíos legales, incluyendo explícitamente a los dispositivos desechables o de un solo uso. La prohibición abarca:
Importación y exportación.
Mezclado, envasado y acondicionamiento.
Venta y suministro por cualquier medio.
Debate sobre el mercado negro Aunque la ley fue aprobada con 76 votos a favor, legisladores de oposición manifestaron su preocupación durante el proceso parlamentario, advirtiendo que esta medida prohibitiva podría incentivar la creación de un mercado negro difícil de fiscalizar. Sin embargo, el Gobierno Federal ha reiterado que el objetivo primordial es proteger la salud pública y frenar el consumo de nicotina y sustancias químicas entre los jóvenes mexicanos a partir de este 2026.
Fuente: Diario Oficial de la Federación / Senado de la República | © Redacción NoticiasPV Nayarit







