Pensión por viudez: Senado elimina condiciones para recibirla; ¿cuáles son los nuevos beneficios?

Los senadores aprobaron derogar el artículo 132 de la Ley del Seguro Social, es decir, que las concubinas puedan cobrar la pensión de viudez.

Con 72 votos a favor, la Cámara de Senadores aprobó este viernes un proyecto de decreto para derogar las leyes del IMSS y del ISSSTE los supuestos normativos que condicionan, por razones de edad y duración del lazo matrimonial, la obtención de la pensión por viudez.

El dictamen, que fue aprobado por unanimidad y se remitió a la Cámara de Diputados, reforma la fracción II del artículo 132 de la Ley del Seguro Social y la fracción II del artículo 136 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

La presidenta de la Comisión de Seguridad Social, Gricelda Valencia de la Mora, destacó que con esta reforma se avanzará, progresivamente, en la restitución del espíritu solidario en el que se fundamenta la seguridad social.

También añadió que los cambios eliminan las barreras que históricamente permanecen en la legislación y que legitiman la violación de los derechos fundamentales de las personas, en este caso, de quienes poseen el derecho de acceder a una pensión de viudez, como esposas o concubinas de trabajadores fallecidos.

La senadora expresó que este dictamen tiene como sustento jurídico una sentencia de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la que se señala la inconstitucionalidad de estos preceptos.

¿Qué dice el artículo 132 y cómo quedan las disposiciones para recibir una pensión por viudez?

El diciembre de 2021, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) había declarado que las concubinas podían cobrar la pensión de viudez, al determinar inconstitucional el artículo 132 de la Ley del Seguro Social.

Este apartado prohibía que la pareja obtuviera dicha pensión, ya que la ley exigía el matrimonio para otorgar este apoyo. Además, pedía que la pareja sentimental recibiera la pensión solo en estos casos: cuando el derechohabiente hubiera muerto antes de cumplir seis meses de matrimonio y cuando se hubiera casado después de cumplir los 55 años.

Incluso, exigía que la pareja comprobara que había vivido cinco años en unión libre para tener derecho a la pensión.

Por esta razón, los senadores explicaron este viernes que ahora las concubinas podrán recibir una pensión a un hecho que se encuentra fuera de control, como lo es la muerte del trabajador o pensionado, por lo que se debe otorgar este derecho, sin importar la edad en la que hayan contraído matrimonio con una persona derechohabiente.

Incluso, se mencionó que la pensión de viudez es un derecho que se otorga a familiares de los trabajadores o pensionado que fallecieron, para que puedan contar con un ingreso seguro que les ayude a mantener un nivel digno de vida.

                                                         
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