*Los servidores públicos o particulares que incurran en el delito de desaparición de personas serán penalizados hasta con 90 y 75 años de prisión, respectivamente…
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Los servidores públicos o particulares que incurran en el delito de desaparición de personas serán penalizados hasta con 90 y 75 años de prisión, respectivamente. También habrá fuertes sanciones para quienes oculten o destruyan restos humanos y para todo aquel que sea cómplice u omiso ante este tipo de agresiones, según el proyecto de decreto hacia una ley general de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares.
La estructura para atajar y disminuir la tragedia estará a cargo de una comisión nacional de búsqueda adscrita a la Secretaría de Gobernación (SG). El titular de la comisión será designado y removido por el Presidente de la República; no obstante, el nombramiento partirá de una consulta pública con colectivos de víctimas y especialistas. La pretendida restructuración para atender la problemática tendrá el apoyo de un consejo ciudadano, integrado por expertos en el tema.
Después de un largo proceso de construcción y debate –el primer borrador fue elaborado hace año y medio–, legisladores, funcionarios y grupos no gubernamentales aceleraron los trabajos el viernes pasado y, según fuentes consultadas por este diario, hay acuerdos sustanciales con miras a la aprobación del decreto en el Senado la semana entrante, prácticamente a marchas forzadas, en las últimas horas del actual periodo ordinario de sesiones.
El apremio por generar un nuevo marco legal radica en que actualmente hay un registro de casi 31 mil personas no localizadas
, es creciente el hallazgo de fosas clandestinas y, sobre todo, grupos civiles nacionales e internacionales alertan del recrudecimiento de la corrupción e impunidad en el país ante estos crímenes.
Es así que en el proyecto se fijan penas hasta de 20 años de prisión para quienes ejecuten o colaboren por acción u omisión en la destrucción de restos humanos.
De aprobarse la ley en los términos de este proyecto, se fijarían las máximas sanciones posibles para los involucrados en la desaparición de personas, tanto en su calidad de autores materiales, intelectuales o cómplices, con especial rigor para los servidores públicos (militares, policías, agentes, etcétera).
Uno de los nuevos elementos plantea castigos a quienes no entreguen o hagan daño a un bebé nacido de una víctima de desaparición forzada, como los casos revelados en las dictaduras de los años 70 en América Latina, cuando los militares daban en adopción a los niños de los secuestrados.
En cuanto a las penas, el artículo 24 dice: Se impondrá pena de 40 a 60 años y de 10 mil a 20 mil días de multa
a funcionarios que incurran en el delito en mención. Luego, en el artículo 26 se detalla que las sanciones de este caso pueden ser aumentadas hasta en una mitad
cuando la víctima es asesinada o se trate de un menor de edad, mujer, persona con discapacidad, migrante, periodista o defensora de derechos humanos, entre otros.
También se prevén reducciones de la sanción cuando se libere al secuestrado dentro de los primeros 10 días siguientes al hecho o se proporciona información para la localización del cadáver.
En el caso de los particulares, la pena sería de entre 25 a 50 años, igualmente con agravantes en los mismos términos de la cometida por servidores públicos, quienes además de la sentencia penal serían acreedores a inhabilitación del cargo.
El proyecto de decreto detalla, en 167 artículos y 22 transitorios, la nueva estructura, cuya médula sería un sistema nacional, presidido por el titular de Gobernación e integrado por otras dependencias públicas y el mencionado consejo ciudadano.
La Comisión Nacional de Búsqueda (uno de los elementos que provocaron desacuerdos entre los autores del proyecto) deberá presentar informes trimestrales acerca del cumplimiento del programa y emitir los protocolos para este fin, entre muchas otras funciones que, en los hechos, convierten a Gobernación en la máxima responsable de solucionar la crisis de desaparecidos en el país.
En el documento preliminar se determinan además las características de la estructura de búsqueda de personas, tanto de grupos como de fiscalías especializadas y estrategias de reacción inmediata, apenas se denuncie el hecho, precisamente con el objetivo de terminar con la burocracia e indolencia de funcionarios públicos que, a decir de los colectivos de familiares, ha hecho perder horas valiosas para la ubicación y rescate de un ser querido.