Publican en DOF creación de unidad de Extinción de Dominio

jornada.com.mx

Ciudad de México. La Fiscalía General de la República (FGR) emitió un acuerdo a través del cual crea la Unidad Especializada en materia de Extinción de Dominio, como la encargada de investigar, preparar y ejercer estas funciones para que los bienes asegurados a grupos delictivos pasen manos del Estado.

Tomando como base que el 14 de marzo de 2019, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman los artículos 22 y 73 de la Constitución, en materia de Extinción de Dominio y que la ley reglamentaria se publicó en agosto pasado, se establece que “las fiscalías contarán con unidades especializadas en materia de extinción de dominio, con el objeto de lograr una mayor eficiencia en los procedimientos de extinción de dominio de los bienes destinados a estos”.

Este nuevo órgano de la FGR estará adscrito a la Unidad para la Implementación del Sistema Procesal Penal Acusatorio y contará con un titular, que tendrá la calidad de agente del Ministerio Público de la Federación, quien además de contar con las facultades previstas en la Ley Nacional de Extinción de Dominio, así como aquellas que con carácter de delegables se le confieren al Fiscal General de la República en dicha ley, podrá organizar, coordinar, dirigir y supervisar las actividades del personal a su cargo.

Además podrá llevar a cabo actos y técnicas de investigación relacionados con la Ley Nacional de Extinción de Dominio y “celebrar instrumentos jurídicos de coordinación, colaboración y concertación, con las instancias públicas o personas privadas que se requieran para el ejercicio de sus funciones”.

La FGR pondrá en marcha un sitio web “accesible al público” en el que se den a conocer “las notificaciones, avisos e información en los términos que establece la Ley Nacional de Extinción de Dominio”, y estableció que los agentes del Ministerio Público de la Federación realicen “el registro de los bienes asegurados en la herramienta informática denominada Justici@.Net, dentro de las 72 horas y tratándose de delitos de delincuencia organizada dentro de las 144 horas, en ambos casos, contadas a partir de que se dicte el aseguramiento”.

En caso de que los agentes del Ministerio Público no den aviso a la unidad especializada de los “bienes que puedan ser objeto de la acción de extinción de dominio”, incurrirán en responsabilidades legales.

                                                         
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