El Servicio de Administración Tributaria tiene la facultad legal de inmovilizar depósitos ante adeudos firmes o discrepancias fiscales no aclaradas.
Con el inicio del ejercicio fiscal 2026, la vigilancia del SAT congelar cuenta bancaria se intensifica sobre la actividad financiera de los contribuyentes. Esta medida, que inhabilita el uso de tarjetas de débito y el acceso a fondos, no es una sanción al azar, sino una facultad legal del Servicio de Administración Tributaria aplicada ante irregularidades específicas.
De acuerdo con el Código Fiscal de la Federación, la causa más recurrente para esta inmovilización son los adeudos fiscales firmes. Esto ocurre cuando una contribución ya fue determinada y notificada, pero el contribuyente omitió el pago o no presentó una impugnación en los plazos legales. En este escenario, la autoridad utiliza el bloqueo como garantía para asegurar el cobro del adeudo.
Otro factor crítico que puede llevar al SAT congelar cuenta bancaria es la discrepancia fiscal. Esta alerta se detona cuando los depósitos o gastos detectados en el sistema financiero son notablemente superiores a los ingresos declarados por la persona física o moral. Asimismo, la omisión reiterada de declaraciones anuales o mensuales y el uso de facturas con inconsistencias son motivos suficientes para que se inicie este procedimiento administrativo de ejecución.
Para evitar estas afectaciones, los expertos recomiendan mantener una revisión constante del Buzón Tributario y cumplir puntualmente con las declaraciones. En caso de enfrentar un bloqueo, el contribuyente debe acudir a la autoridad para realizar la aclaración de inconsistencias o presentar las garantías de pago necesarias para liberar sus recursos financieros de manera inmediata.








