TEPJF confirma expulsión de Moreira del PRI

*La Sala Superior rechazó que el Revolucionario Institucional haya sido omiso en la notificación a Humberto Moreira sobre su expulsión del partido….

 

elfinanciero.com.mx

 

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) rechazó que el PRI haya sido omiso en la notificación a Humberto Moreira sobre su expulsión del partido, por lo que confirmó la resolución en contra del exdirigente nacional del tricolor al haberse publicado en los estados del partido.

La Sala Superior resolvió el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano 558 que presentó el exgobernador de Coahuila, en el que reclamó que ni la Comisión Nacional de Justicia Partidaria ni el Comité Ejecutivo Nacional (CEN) del tricolor le aclararon su situación sobre sus derechos como militante priista.

El proyecto de resolución del magistrado Reyes Rodríguez, que fue aprobado por unanimidad, estimó que fue válido el per saltum por el cual presentó el recurso ante el TEPJF, pues en términos de imparcialidad no era adecuado que los propios órganos del partido a los que se acusaba de omisos, resolvieran el caso.

Sin embargo, en cuanto al cuestionamiento de Moreira respecto a que no fue notificado de su expulsión, la cual sólo conoció a través de los menos de comunicación, la Sala Superior estimó que fue válida la publicación de la resolución en los estrados del partido.

“De las constancias que obran en autos se advierten que no existen las omisiones señaladas, porque el 13 de julio del presente año, los titulares de los órganos partidistas responsables respondieron a las peticiones correspondientes, asimismo, se desprende que la notificación de dichas respuestas se ordenó por estrados”, se detalló en el proyecto de resolución.

El argumento que avalaron los magistrados electorales fue que Moreira no señaló domicilio en la Ciudad de México, sede de los órganos priistas responsables, por lo procede lo establecido en el artículo 84 del Código de Justicia Partidaria del PRI, que indica que “las notificaciones se podrán hacer personalmente, por cédula publicada en los estrados, oficio, correo certificado o mensajería o vía fax; según se requiera para la eficacia del acto, resolución o sentencia a notificar”.

Aunque fuentes allegadas a Moreira reconocieron que el TEPJF es la última instancia a la que podían acudir, precisaron que el artículo en el que se basó la resolución de los magistrados se refiere a los medios de impugnación y en este caso se trataba de una solicitud de información, por lo que criticaron que la Sala Superior no haya ido a fondo en el tema.

                                                         
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