La legislación laboral establece disposiciones sobre seguridad y cumplimiento de obligaciones, delimitando las restricciones empresariales y descartando las multas económicas arbitrarias.
El uso de dispositivos móviles durante la jornada laboral en México genera constantes dudas jurídicas sobre las facultades reales de los empleadores y las garantías de los trabajadores, tomando en cuenta que la Ley Federal del Trabajo (LFT) no contempla una prohibición generalizada para el personal presencial. No obstante, las normativas internas y los lineamientos de seguridad permiten a las compañías regular el uso de los aparatos cuando estos interfieren directamente con las tareas contratadas o representan un riesgo inminente de accidentes, tal como ocurre al operar maquinaria pesada o laborar en áreas de alta especialización operativa.
De acuerdo con el marco legal vigente, obligaciones específicas como las señaladas en el artículo 134 obligan al personal a observar las medidas preventivas y seguir las instrucciones de desempeño, lo que respalda la implementación de políticas diferenciadas entre atender asuntos personales y utilizar el dispositivo como una herramienta indispensable de trabajo. Para establecer estas medidas de disciplina, la ley prevé el uso del Reglamento Interior de Trabajo, el cual requiere un proceso formal de registro ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral mediante una comisión mixta, invalidando avisos unilaterales elaborados sin sustento colegiado.
Asimismo, la legislación prohíbe de manera tajante la imposición de multas económicas o descuentos salariales punitivos a los empleados, limitando las suspensiones disciplinarias a un máximo de ocho días y exigiendo una audiencia previa con la persona trabajadora afectada. El uso del teléfono tampoco configura una causal automática de despido justificado, por lo que las empresas deben comprobar plenamente conductas graves como la desobediencia reiterada o el compromiso deliberado a la seguridad del centro de labores.
Ante cualquier conflicto o dudas sobre sanciones aplicadas, instituciones como la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) ofrecen orientación jurídica gratuita, recomendando a los afectados documentar minuciosamente las instrucciones recibidas, los alcances de la restricción y las actas de notificación para salvaguardar sus derechos patrimoniales y laborales.
Fuente: Ley Federal del Trabajo / Criterios de la Profedet | © Redacción NoticiasPV Nayarit

